REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-F-2005-000327

Visto el anterior DESISTIMIENTO, presentado por la parte actora ciudadana MARIA AUXILIADORA CODERO OROPEZA, mayor de edad, con C.I. Nro. 9.545.476, en el presente juicio de DIVORCIO, contra el ciudadano OMAR JOSE PINTO, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Devuélvanse los documentos originales solicitado dejándose copia certificada en su lugar, una vez consignados los fotostatos de los mismos. Archívese el expediente.
El Juez,


Abg. HAROLD RAFAEL PAREDES B.
La Secretaria,


Abg. LUISA A. AGÜERO E.

HRPB/LAAE/M. elena.