REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-M-2008-000435
Visto la diligencia de fecha 16-09-2008, presentada por el abogado en ejercicio LENIN JOSE COLMENAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 90.464, en su carácter de apoderado judicial de la empresa SERENOS MUNDIAL, C.A., en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, donde desistieron formalmente de la acción incoada y solicitan su Homologación. Ahora bien, se observa, que el anterior desistimiento se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, así como que el desistimiento fue suscrito por el abogado en ejercicio LENIN JOSE COLMENAREZ, en su condición de apoderado judicial de la empresa SERENOS MUNDIAL, C.A., quien tal y como consta del Poder que le fue otorgado y que riela en los folios 59 al 61 en el presente expediente, tiene facultad expresa para desistir en nombre de sus representados, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo se acuerda devolver los originales que se encuentran en la caja fuerte del tribunal, dejando en su defecto copia certificada del mismo. Archívese el expediente en su oportunidad.-
El Juez, La Secretaria
Abg. Harold R, Paredes Bracamonte. Abg. Luisa A. Agüero E
HRPB/LAAE/Loreand
La Suscrita Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara CERTIFICA que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de sus original. Fecha Ut-Supra.
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