REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-F-2007-000099
PARTE DEMANDANTE: SILVIO ALIRIO VILLEGAS VÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.774.567, y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: ARIANNE LINARES PERAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.025.304, y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO

Vista la demanda por DIVORCIO, formulada por el ciudadano SILVIO ALIRIO VILLEGAS VÁSQUEZ, contra la ciudadana ARIANNE LINARES PERAZA. Este Tribunal observa que la parte actora no consignó los originales, ni cumplió con lo solicitado en fecha 16 de Mayo del 2007, se instó a indicar el última domicilio conyugal, así como si se procrearon hijos, en consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente demanda.-

El Juez., La Secretaria
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E
HRPB/LAAE/Loreand
La suscrita secretaria certifica la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel de su original. Fecha up supra.