REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-F-2007-000307


Vista la demanda de DIVORCIO, intentada por el ciudadano OCTAVIO JOSÉ GONZÁLEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.376.133, de este domicilio, contra la ciudadana LUCILA VIOLETA URBANO GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.165.642, de este domicilio, se observa que desde el 11/10/2007 fecha en la cual se dictó auto instado a la parte interesada consignara copias certificadas del acta de nacimiento de los hijos habidos en el matrimonio, y por cuanto hasta la presente fecha no se le dio impulso procesal se declara terminado el procedimiento. Déjese copia.
La Juez

Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria



Eliana Gisela Hernández Silva


MJP/maria elisa