REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-F-2008-000488
Realizada la revisión de las actuaciones que anteceden, este Tribunal observa que la parte actora no acompaña al escrito de libelo recaudos, razón por la cual este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y pro Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente demanda.-
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.
Abg. Róger José Adán Cordero
OERL/mm
El Suscrito Secretario Accidental del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, CERTIFICA que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que las contiene el Expediente N° KP02-F-2008-488, Certificación que se expide, en Barquisimeto A Los Veintisiete días (27) días del mes de Octubre de 2008. Años 198° y 149°.
El Secretario
Abg. Roger José Adán Cordero
mm.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRANSITO DEL ESTADO LARA
ASUNTO N° KP02-F-2008-488
DEMANDANTE: GREGORIO RAMON FREITEZ FREITEZ Y LUIS MARIA FREITEZ FREITEZ
MOTIVO: PARTICION
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
INADMISIBLE
27/10/2007
Abg.OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ
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