REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 08/10/2008, compareció ante este despacho el ciudadano Freddy Humberto Cáceres Falcón, C.I. 7418506, asistido por la Abogada Belkys Parra INPRE 108.828, presentando escrito mediante el cual reconoce la obligación adquirida en el presente juicio. Se dio por intimado, renunció al lapso de oposición y al de comparecencia y propuso un convenimiento de pago judicial por la cantidad de 15.000,oo Bs.F. especificando en el escrito presentado las condiciones de pago. La abogada Virginia Peña endosataria en procuración de la parte actora IPSA 74423 aceptó la proposición en los términos descritos; conviniendo así mismo que los bienes sean retirados de la Depositaria Judicial Yacambú y que se le otorgue la guarda y custodia al demandado. Ambas partes solicitaron la homologación del convenimiento. Se agregó a las actas de la comisión en dos (2) folios útiles.