REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EL TOCUYO
Años: 198° y 149°
En el día de hoy Lunes Veintisiete (27) de Octubre del Dos Mil Ocho (2.008), siendo la hora de las (11:00) Minutos de la Mañana, se trasladó y Constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la circunscripción Judicial del Estado Lara, en la sede de la Zona Policial N°: 06, Comisaría N°: 60 de EL Tocuyo Edo Lara. Constituido por los Abogados Douglas Javier Molina Fernandez (Juez Ejecutor) y Manuel Dias Assuncao (Secretario). Presente la parte actora el Abogado en ejercicio Nestor Alvarez Yépez inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 36.399, actuando en este acto como Apoderado Judicial de C.A. Central Banco Universal, a los fínes de dar cumplimiento a la Medida de Secuestro Decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Judicial del Estado Lara, en fecha Veintiséis (26) de Junio del Dos Mil Ocho (2.008). Seguidamente el Tribunal procedió a Notificar de su Misión al Inspector Jefe Luis Romero, cédula de identidad N°: 7.495.514, quien dio acceso al Tribunal al inmueble para la práctica de esta Medida. Se hace necesario la designación de Un (01) Perito Avaluador, se designa como tal, al ciudadano Daniel Angel Gomez Gimenez, Titular de la cédula de identidad N° V- 7.446.585, quien estando presente, acepta el cargo, y jura cumplir fiel y cabalmente las obligaciones inherentes al mismo. Seguidamente la parte actora señala para secuestrar el siguiente bien mueble: Un (01) Vehículo con las siguientes características: Clase: Automóvil, Marca: Nissan, Tipo: Sedan, Modelo: Tilda Sedan T/M, Año: 2007; Año de Fabricación 2006; Serial del Motor: MR18045783A; Uso: Particular; Placas: KBM-931, Color: Plata Metálico; Capacidad: 5 Puestos, por un valor de Sesenta y Dos Mil Bolívares Fuertes (62.000 BsF). Seguidamente este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: SECUESTRADO el vehículo, ya identificado, por un monto de Sesenta y Dos Mil Bolívares Fuertes (62.000 BsF) y se declara la Desposesión Jurídica del mismo y se hace entrega a la parte actora el Abogado Nestor Alvarez Yépez, Inpreabogado N°: 36.399, Apoderado Judicial de C.A. Central Banco Universal. Es todo, se leyó y se terminó, siendo las (11:55) Minutos de la Mañana y conformes firman: Se deja constancia que se Anexa Acta Policial de las Actuaciones sobre el estado en que se encontraba el vehículo secuestrado.- EL Juez Titular. Fdo Firma Ilegible. Abg. Douglas Molina. Parte Actora Fdo Firma ilegible. Nestor Alvarez. Parte Notificada Inspector Jefe Fdo Firma ilegible. 7.445514. Perito Avaluador Fdo Daniel Gomez. Fdo Firma ilegible. EL Secretario Fdo Firma ilegible. Abg. Manuel Dias.- ********************************
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