E
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-

Valencia, 29 octubre 2008
Años: 198º y 149º

Expediente Nº 11.148

Vista la diligencia presentada el 8 octubre 2008 por la ciudadana ISABEL CRISTINA BARRIOS SEQUERA, cédula de identidad V- 4.467.389, asistida por la abogada ELBA ELENA LÓPEZ PINTO, cédula de identidad V-1.340.010, Inpreabogado Nº 4556, mediante el cual desiste del procedimiento de la querella funcionarial interpuesta contra el MUNICIPIO PALMA SOLA DEL ESTADO FALCON, este Juzgador observa que el desistimiento no es contraria al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte querellante. Archívese el expediente.

El Juez Provisorio,

OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI

El Secretario,

Abog. GREGORY BOLIVAR R.

Exp. N° 11.148
OLU/Marbella
Diarizado Nº_____