REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL

Valencia, 17 de octubre de 2008
198° y 149º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1521

El ciudadano Carlos Alberto Márquez, titular de la cédula de identidad número V-5.311.976, actuando en su carácter de director de FARMACIA LAS 24 HORAS NAGUANAGUA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, el 25 de mayo de 2004, bajo el N° 22, Tomo N° 29-A, y en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-31152401-0, domiciliada en la Avenida Universidad, entre calle Sucre y 23 de enero, C.C. Aries, nivel planta, locales 01 y 02, sector Unión, Naguanagua estado Carabobo, asistido por la ciudadana Nancy Rujano Mora, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.735, interpuso recurso contencioso tributario ante este Tribunal, contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2007-01-03-DF-PEC-86 del 16 de marzo de 2007, emanada de la Gerencia Regional del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
El 24 de septiembre de 2007, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 1390, se acordó las notificaciones de ley.
El 30 de septiembre de 2008, el representante judicial de la Administración Tributaria suscribió diligencia consignando poder y solicitó declarar perimida la instancia por cuanto ha transcurrido más de un (01) año sin que la recurrente haya ejecutado ningún acto de impulso procesal.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 24 de septiembre de 2007.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
Vista la solicitud de declaratoria de perención de la instancia por parte del representante judicial de la República y en virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Carlos Alberto Márquez, actuando en su carácter de director de FARMACIA LAS 24 HORAS NAGUANAGUA, C.A., plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal, Contralor General de la República y Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los diecisiete (17) días del mes de octubre de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez Titular,

Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria Titular,

Abg. Mitzy Sánchez

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia. Se cumplió lo ordenado. Se libró boleta y oficios.
La Secretaria Titular,

Abg. Mitzy Sánchez



Exp. N° 1390
JAYG/ms/yg