REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinte (20) de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
Nº de expediente: GP02-L-2007-001019
Parte demandante: ROBIN RANDALL ROMERO ROMERO , titular de la cédula de identidad número 10.734.969 ( NO Compareció)
Apoderado judicial de la parte demandante: Abogado: ( NO Compareció)
Parte demandada:
Apoderado judicial de la parte demandada
ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A (antes denominada C.A PRO-MESA)
Abogado: LUIS SILVA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 61.184
Motivo: ENFERMEDAD PROFESIONAL
ACTA
En el día hábil de hoy veinte (20) de octubre de dos mil ocho siendo las 11:00 am oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A (antes denominada C.A PRO-MESA) compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, representada por su apoderado LUIS SILVA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 61.184. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°.
LA JUEZ,
KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
El Compareciente
LA SECRETARIA
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