REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA UNIPERSONAL No. 1
Guanare, 26 de septiembre de 2008
198° y 149°
Vista la manifestación efectuada por el ciudadano JESÚS CRIPRIANO FERNÁNDEZ HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-12.236.387, sobre la RESTITUCIÓN DE CUSTODIA, de su hijo, el niño ********************, de diez (10) años de edad, donde el padre conviene que la madre continué su ejercicio; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así mismo se acuerda el cierre del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial..
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
HROY/EMJV/Oswaldo H.-
Exp. Civil NO. 9955