REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare 29 de septiembre de 2008
Años 198º y 149º
Visto el desistimiento de la acción realizada por los ciudadanos JHON ALEXI GOMEZ VELASQUEZ y YELITZA COROMOTO TORRES PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 8.068.867 y 9.377.428, respectivamente, el Tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia y acuerda el archivo del presente expediente. En consecuencia agréguese al expediente la boleta de Notificación a la Fiscal Cuarta del Ministerio Publico del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. Devuélvanse los originales y en su lugar déjense copias. Remítase al archivo judicial.
La Jueza,
Abog. Haydee Oberto de Colmenares
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Carolina
Exp. Civil Nº 10.009