ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-003074
ASUNTO : RP01-P-2008-003074

Visto el escrito presentado por el abogado. CARMEN YUDITH YNDRIAGO DIAZ en su carácter de Defensora Pública Penal del imputado: ALEXANDER JOSE FUENTES en donde le solicita a este tribunal, que la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta por este tribunal, se revise y la misma sea acordada con presentación cada Treinta (30) días, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al principio de proporcionalidad establecida en el artículo 244 ejusdem; este Tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman la presente causa; observa que efectivamente este tribunal en fecha: 05-08-08 le acordó al referido imputado medida cautelar sustitutiva de presentación cada ocho (8) días por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito; quien hasta la fecha ha cumplido bien y fielmente con su obligación, haciéndose merecedor de que se le alargue sus presentaciones tal y como lo solicita la Defensa Pública Penal y es por lo que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; Acuerda la Extensión al imputado: ALEXANDER JOSE FUENTES Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-15.290.726, hijo de Ignacia Pinto y Juan Fuentes, residenciado en Tataracual, Parroquia San Juan, Estado Sucre de sus presentaciones a cada Treinta(30) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial. Líbrese Boletas de Notificación a las partes, al imputado y ofíciese a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito, participándole de la extensión acordado.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg. Francys Hurtado.