REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 10 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-004175
ASUNTO : RP01-P-2007-004175


Vista el contenido del escrito de fecha 08 de septiembre del 2008, suscrito por el Director del Internado Judicial del Estado Sucre, ciudadano ANDRES HERRERA; mediante la cual notifica a este Tribunal, que el ciudadano acusado JORGE LUIS MÁRQUEZ MILANO, venezolano, de 22 años de edad, soltero, pescador, titular de la cédula de identidad N° 16.486.593, nacido en fecha 09/03/1985, domiciliado en la Calle Vuelvan Caras, Casa N° 2, de esta ciudad, hijo de Yasmín Milano y Jesús Vásquez; pertenece al equipo de softboll de ese recinto penitenciario, el cual participara en una jornada deportiva extramuros, con motivo de la celebración del día de Las Mercedes, solicitando sea acordada la salida del mismo del Internado Judicial.

Este tribunal a fin de proveer lo conducente observa: por cuanto la presente causa corresponde al Tribunal Cuarto de Juicio y en virtud del receso judicial, según Resolución 2008-24, de fecha 23/07/2008, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se establece que no habrá audiencia, a partir del 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2008, sin que ello impida que se practiquen las actuaciones que fueren necesarias para el aseguramiento de los derechos, como lo relativo al otorgamiento de los beneficios y fórmulas alternativas al cumplimiento de pena; así como el otorgamiento de permisos, me avoco al conocimiento de la presente causa; así mismo, este Tribunal habilita el tiempo necesario para proveer en la presente causa, en virtud del Oficio N° 1675, emanado de la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, en donde solicita autorización, para el traslado del penado JORGE LUIS MÁRQUEZ MILANO, titular de la cédula de identidad N° 16.486.593, el día 15-09-2008, en un horario comprendido de 2:00 p.m., a 4:30 p.m., hacia la Guarnición Militar de Cumaná, en virtud que se celebrará una jornada deportiva extramuros, con motivo de la celebración del día de Las Mercedes. Este Tribunal Primero de Juicio, en virtud del Receso Judicial acordado por el Tribunal Supremo de Justicia, habilita el tiempo necesario para el conocimiento de la presente solicitud a efectos exclusivos de proveerla, ya que es obligación de la administración de justicia garantizar los Derechos Fundamentales de los penados, entre ellos el Derecho a la Recreación y actividades deportivas; y en tal sentido, previo avocamiento en la presente causa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA lo solicitado y autoriza el traslado con las seguridades del caso, del penado JORGE LUIS MÁRQUEZ MILANO, el día 15-09-2008, en un horario comprendido de 2:00 p.m., a 4:30 p.m., hacia la Guarnición Militar de Cumaná, a los fines que asista a una jornada deportiva extramuros, con motivo de la celebración del día de Las Mercedes. Una vez concluya dicha jornada, deberá ser ingresado nuevamente el referido penado, al Internado Judicial de esta ciudad. Todo, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 111 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 26 de la Ley de Régimen Penitenciario en tal sentido, se acuerda oficiar a la Dirección del Internado Judicial de esta ciudad. CÚMPLASE.-
La Juez Segunda de Juicio

Abg. Ruth Mery Pineda Ramírez
El Secretario,

Abg. Luis Prieto