REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, Veintinueve (29) de Septiembre del año Dos Mil Ocho (2008), siendo nueve y quince minutos de la mañana, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía de la parte actora, abogado José Alberto Ybarra Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 71.831, quien actúa en este acto en su propio nombre y representación, los auxiliares de justicia los ciudadanos Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial la R.C., C.A., el perito avaluador, Ruben Rondon, quien es mayor edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, en la siguiente dirección señalada por la parte actora: apartamento distinguido con el numero B raya ciento cuarenta y cuatro (Nro. B-144), ubicado en el Piso Décimo Cuarto (14) de la Torre B del Conjunto Parque Residencial Los Caobos, ubicado con frente a la Avenida Este 2 entre las Calle Sur 17 y Sur 19, Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue el ciudadano JOSE ALBERTO YBARRAS VARGAS contra la ciudadana MARITZA JOSEFINA LOPEZ.- Una vez a las puertas del inmueble señalado por la parte actora, el Tribunal procede a dar los tres toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por personal alguna.-En este estado el actor, expone: señalo para ser embargado ejecutivamente, los derechos de propiedad que le corresponden a la ciudadana Maritza Josefina Lopez, parte demandada en el presente proceso sobre el inmueble constituido un apartamento distinguido con el numero B raya ciento cuarenta y cuatro (Nro. B-144), ubicado en el Piso Décimo Cuarto (14) de la Torre B del Conjunto Parque Residencial Los Caobos, ubicado con frente a la Avenida Este 2 entre las Calle Sur 17 y Sur 19, Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador, Distrito Capital, tal como consta de las copias fotostáticas simples que rielan insertas a la presente comisión del documento de propiedad del supra mencionado inmueble, en la cual se evidencia que la prenombrada demandada es copropietaria del mismo.-Es todo.-El Tribunal vista y oída la exposición realizada por la parte actora, el señalamiento por el realizado, y revisadas como han sido en forma minuciosa el contenido de las copias fotostáticas por el consignadas las cuales rielan insertas bajo los folios diez (10) al quince (15) ambos inclusive, dando cumplimiento a la misión encomendada, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE los derechos de propiedad que le corresponden a la codemandada en el presente proceso, ciudadana Maritza Josefina Lopez, plenamente identificada en autos, sobre el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el numero B raya ciento cuarenta y cuatro (Nro. B-144), ubicado en el Piso Décimo Cuarto (14) de la Torre B del Conjunto Parque Residencial Los Caobos, ubicado con frente a la Avenida Este 2 entre las Calle Sur 17 y Sur 19, Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador, Distrito Capital, con una superficie aproximada de SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS (69,25 MTS2), y se encuentra alinderado así: NORTE: apartamento Nro. 145, escaleras generales y ducto de basura; SUR: apartamento Nro. 143, fachada Sur de la Torre y pasillo de circulación; ESTE: Escaleras generales, ducto de basura y pasillo de circulación; y, OESTE: Fachada Oeste de la Torre B; le pertenece en uso exclusivo del apartamento el puestos de estacionamiento identificado con el número ochenta y cinco (Nro. 85) ubicado en el nivel cuatro (4); le corresponden un porcentaje de condominio de cero enteros ciento treinta y tres mil cuatrocientos millonésimas por ciento (0,133.400%), respecto al Conjunto y cero enteros quinientas diecinueve mil novecientas treinta y seis millonésimas por ciento (0,519.936%) en relación a la Torre B; y, le pertenece a los ciudadanos Raúl Daniel Contreras, Carmen Maria López y Maritza Josefina López, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna Inmobiliaria de Registro Público del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha veinticuatro (24) de Febrero de Mil Novecientos Ochenta y Siete (1.987), bajo el Nº 43, Tomo 32 del Protocolo Primero, lo pone en la posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto la firma R.C., C.A., representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, antes identificado.-En este estado el perito avaluador, expone: estimo un valor prudencial aproximado al inmueble objeto de la presente medida en la cantidad de Doscientos Mil Bolívares Fuertes (Bs.F. 200.000,00).- Es todo.-Acto seguido el Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el perito avaluador, el avalúo realizado, embarga ejecutivamente los derechos de propiedad que le corresponden a la demandada sobre el inmueble objeto de la presente medida de conformidad con lo decretado por el aquo hasta cubrir la cantidad de Ocho Mil Doscientos Cuarenta y Seis Bolívares Fuertes con y Treinta y Cinco Céntimos (Bs.F. 8.246,35), suma esta que comprende el doble de la suma condenada al pago, por la parte demandada conforme a la sentencia y la experticia complementaria de fecha 02 de mayo de 2007, y cumplida como ha sido su misión ordena fijar a las puertas del inmueble un cartel de notificación, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las diez y treinta minutos de la mañana.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL ACTOR
EL DEPOSITARIO JUDICIAL EL PERITO AVALUADOR
LA SECRETARIA
ABG. JOSEFA MANTILLA