| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 
 Caracas, 19 de septiembre de 2008.
 
 198° y 149°
 
 Vista la diligencia de fecha 18 de septiembre de 2008, suscrita por el abogado ENRIQUE TROCONIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 39.326, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada BANCO MERCANTIL, C.A. (BANCO UNIVERSAL), según consta de instrumento poder que cursa a los folios 92 al 95 del presente expediente, con facultades expresas para desistir, entre otras, mediante la cual desiste de la apelación interpuesta en fecha 15 de julio de 2008, contra el auto dictado por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caraca, en fecha 11 de Julio de 2008, este Tribunal HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación, en tal sentido no se celebró la audiencia oral y pública, pautada para hoy 19 de septiembre de 2008 a las 8:45 a. m., todo en el juicio seguido por el ciudadano BOGARD MOISES MACERO GONZALEZ contra la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. (BANCO UNIVERSAL). En consecuencia, una vez firme esta decisión, se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Décimo Tercero (13°) de de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. Se condena en costas del recurso a la parte demandada por haber desistido del recurso conforme al artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
 
 
 JUAN CARLOS CELI ANDERSON
 JUEZ
 LUISA ROSALES
 SECRETARIA
 
 
 
 Asunto No. AP21-R-2008-001122
 JCCA/LR/ia.
 
 
 
 |