REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-010832
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana ILSA MARLENI CRESPO, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-5.646.114, de este domicilio, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de VEINTIOCHO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 28.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana ILSA MARLENI CRESPO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: CALLE 30 ENTRE CARRERAS 27 Y 28 CASA S/N, JURISDICCION DE LA PARROQUIA CONCEPCION, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: En línea de Siete Metros con Noventa Centímetros (7,90 Mts) con casa y terrenos ocupados por la ciudadana Ana Vivas; SUR: En línea de Siete Metros con Noventa Centímetros (7,90 Mts) con casa y terrenos ocupados o fueron ocupados por la ciudadana Zaira Yolimar Crespo; ESTE: En línea de Cuatro Metros con Veinticinco centímetros (4,25 Mts) con terrenos ocupados por el ciudadano Roberto Álvarez Sáez; OESTE: En línea de Cuatro Metros con Setenta centímetros (4,70 Mts) con la calle 30 que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
El Juez, La Secretaria,
Abg. Harold Rafael Paredes B. Abg. Luisa A. Agüero E
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
HRPB/LaAe/lndem.
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