REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-005357
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: DENNY PASTORA MARTINEZ ALZAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.960.483, domiciliada en Barquisimeto, Estado Lara, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO, inscrito en inpreabogado bajo el Nº 29.566, para que este tribunal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 936 del código de procedimiento civil, LOS DECLARE COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara: ORLANDO MARTINEZ, con relación a los bienes que le pueda corresponder en su condición de tal. Vistos así mismo los recaudos acompañados con dicha solicitud, consistente en A:) original de acta de defunción. B:) original de acta de matrimonio, C:) original de Tres (03) Partidas de nacimiento. Este tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficiente en derechos las actuaciones acompañadas, entre ellas las declaraciones conteste y apreciables de los testigos evacuadas por ante este tribunal, los ciudadanos: Liscano P. Luis José y Ramos Haydee Ch., suficientemente identificados; y teniéndose además en cuenta que de los recaudos acompañados se evidencia claramente que el de cujus no ha tenido otra descendencia, ni legitima, ni natural. En consecuencia, considera bastante y suficientes las presentes actuaciones de conformidad con el artículo 936 del código de procedimiento civil, para declararlas como titulo asegurativo al derecho que le asiste a los ciudadanos: RITA MERCEDES ALZAQUE CASTILLO, DENNY PASTORA MARTINEZ ALZAQUE, BETZABETH MERCEDES MARTINEZ ALZAQUE y ORLANDO ENRIQUE MARTINEZ ALZAQUE, en su condición cónyuge e hijos, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara ORLANDO MARTINEZ dejando salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en libro diario. Expídase las copias certificadas respectivas.


El Juez., La Secretaria
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/Loreand
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO. FECHA UT SUPRA.-