REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 16 de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2007-020853

Vista la solicitud presentada por el ciudadano DAWSON OSWALDO RIVAS YAJURE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.448.075, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicada en la carrera 14 entre 9 y 10, Parroquia Freitez, Municipio Crespo Del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido que mide Veintisiete metros con Cincuenta centímetros (27,50 M) de largo por Siete metros con Veinte centímetros (7,20 M) de ancho, alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con bienhechurías de Jenny Naileth Rivas Yajure y Víctor Manuel Rodríguez; SUR: Con terrenos ocupados por Maria Palacios; ESTE: Con terrenos ocupados por Marcos Yajure, y OESTE: Con bienhechurías de Denny Martínez. Dichas bienhechurías consisten en un galpón de paredes de bloques, piso de tierra, techo de acerolit. El valor invertido es la cantidad de OCHNETA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 80.000,00) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: Elizabeth García y Will Fran Triana, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano DAWSON OSWALDO RIVAS YAJURE, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez,

Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria

Eliana Hernández Silva


MJP/dmg