REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2007-011950
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSA ANTONIA RIERA DE ESCOBAR, venezolana, mayor de edad titular de la cédula Nº 10.847.210, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Barrio La Peña, Sector III No. 3-61, Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, el cual mide CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120 Mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Jisela Gómez. SUR: Kimberly Angel. ESTE: Adrián Querales y OESTE: Mariela Dobobuto. Unas bienhechurías consisten en bloque biga de corona para estructura de platabanda, piso de cemento, 3 cuartos, cocina, sala, comedor. El valor invertido es la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 8.000.000,00), es decir OCHO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 8.000), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos LISBETH ROMERO Y GLADYS GUERE, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana ROSA ANTONIA RIERA DE ESCOBAR, ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
LA SECRETARIA
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
MJP/Fabiola
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