REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de Septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2007-016112
VISTOS.------------------------------------------------------------------------
En fecha 20/09/2007 la ciudadana BELKYS MARGARITA PERAZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 9.628.556, debidamente asistida por la abogada REINA PASTORA SUAREZ, Inpreabogado Nº 38.618, solicitó el Divorcio basado en el artículo 185-A del Código Civil Vigente; contra el ciudadano RAFAEL ENRIQUE GALLARDO GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 7.370.323, alegando la ruptura de la vida en común por más de cinco (5) años. En dicha unión procrearon dos hijos, ambos mayores de edad. Acompañó certificación del acta de matrimonio y copia de actas de nacimiento. Admitida la solicitud se ordenó la citación del cónyuge demandado y la notificación a la Fiscal del Ministerio Público en Materia de Familia. El día 27/03/2008 comparece el cónyuge demandado y manifiesta su conformidad con lo expuesto por su esposa en la solicitud de divorcio. En fecha 15/07/2008 la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público para actuar en materia de familia, presentó escrito donde señala que nada tiene que objetar a la solicitud.--------------------------------------------------------------------------------------
Para decidir este Tribunal observa: -----------------------------------------
UNICO: Quien juzga encuentra que se han llenado todos los extremos exigidos por el artículo l85-A del Código Civil, y en vista de que los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, y no fue objetada la solicitud por parte del Fiscal del Ministerio Público; este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos BELKYS MARGARITA PERAZA y RAFAEL ENRIQUE GALLARDO GIMENEZ por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha: 06/04/1984 bajo el Nº 139, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho.
Liquídese la comunidad de gananciales. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.---------------

REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.------------------------------------------------------------------------------------------
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los 17 días del mes de Septiembre de dos mil ocho (2008). Años: 198° y 149°

El Juez


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
La Secretaria Acc.


Abg. Yeraldin Carrillo Pedroza


La suscrita Secretaria Accidental del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original que la contiene el ASUNTO: KP02-S-2007-16112, y se expide en Barquisimeto a los 17 días del mes de Septiembre del Dos Mil ocho. Año 198º y 149º
La Secretaria Acc.


Abg. Yeraldin Carrillo Pedroza




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara



ASUNTO: KP02-S-2007-16112



DEMANDANTE: BELKYS PERAZA

DEMANDADO: RAFAEL GALLARDO


MOTIVO: DIVORCIO 185-A

SENTENCIA DEFINITIVA
CON LUGAR
FECHA
17/09/2008



ABG. OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 17 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2007-016112
OFICIO Nº:
CIUDADANO (A):
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA.
Su Despacho.

Adjunto remito a usted copia certificada de la sentencia recaída en el presente asunto a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en los libros de registro civil de matrimonios.


DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ


Abg. Oscar Eduardo Rivero López


OERL/ml
Anexo lo indicado.





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 17 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2007-016112
OFICIO Nº:
CIUDADANO (A):
JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA SANTA ROSA
MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.
Su Despacho.

Adjunto remito a usted copia certificada de la sentencia recaída en el presente asunto a los fines de que se sirva estampar la debida nota marginal en los libros de registro civil de matrimonios.


DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ


Abg. Oscar Eduardo Rivero López


OERL/ml
Anexo lo indicado.