REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2008-1379
PARTE ACTORA: CESAR ALFONSO ARDILLA ALEMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 12.097.23
ABOGADO ASISTENTE: AVIANNY GARCIA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 108.918, en su condición de Procurador Especial de Trabajadores
PARTE DEMANDADA: ZINGULAR BAR, CARLOS COLMENAREZ Y DIEGO PEREZ COLMENAREZ
ABOGADA APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 23 de septiembre de 2008 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, Este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de ambas partes, según la información suministrada por el Alguacil JOSE MARQUEZ, titular de la cédula de Identidad V- 12.357.053 encargado de anunciar la audiencia ni por sí ni por medio de apoderados judiciales por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión, de igual forma se deja constancia que asistió la abogada AVIANNY GARCIA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 108.918, en su condición de Procurador Especial de Trabajadores.
La Juez
El Secretario
Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
Abg. Gabriel Alonzo Moreno Viera
El Alguacil
La Procuradora
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