REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 24 de septiembre de 2008
198º y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-001214.
PARTE ACTORA: AIDA MARLENE CAMEJO ESPINOZA.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: HARITON LÓPEZ (Procurador Especial del Trabajo).
PARTE DEMANDADA: CORPORACIÓN REMMORE, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL TOVAR y JULIO HUNG.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 24 DE SEPTIEMBRE DE 2008, SIENDO LAS 11:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la CONTINUACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia, DE LA INCOMPARECENCIA de la parte actora: ciudadana AIDA MARLENE CAMEJO ESPINOZA, titular de la cédula de identidad No.12.238.107, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que se este despacho deja transcurrir los diez minutos de espera convenidos por las partes en el inicio de la audiencia, y siendo las 11:10am, se deja constancia nuevamente de la incomparecencia de la parte demandada ya identificada. Por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia igualmente de la presencia del Abogado HARITON LÓPEZ (Procurador Especial del Trabajo), inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.101.258, y por la parte demandada CORPORACION REMMORE, C.A., representada por su Apoderado Judicial Abogado JULIO HUNG, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.390. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 198 ° y 149 °
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
LA Procuradora Especial de Trabajadores
POR LA PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
ABG. ___________________.
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