PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, diecisiete (17) de septiembre de 2008
197º y 149°



ASUNTO: GH02-L-2007-002725


Vista la Transacción de fecha 10 de septiembre de 2008, presentada por las partes, la Demandada INDUSTRIAS METALURGICAS NACIONALES, C. A. (INMET, C. A.) Representada por su Apoderada Judicial PEDRO GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 95.756 y por la otra parte GERMAN ESTEBAN HERNANDEZ HERNANDEZ, asistido por la abogada FRANCIS ALFONZO MARIN inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 54.825, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes así como la copia fotostática de un (01) Cheque de nombre de la Parte Actora ciudadano GERMAN ESTEBAN HERNANDEZ HERNANDEZ, del Banco Provincial, cuenta N° 0108-0071-49-0100252926, Cheque N° 06750538, por la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 8.239,00). Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,

ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS




LA SECRETARIA,

MARY ANNE MUGUESSA H.