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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, siete (7) de abril de dos mil nueve (2009)
 198º y 150º
 
 
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001710
 PARTE ACTORA: ROSMEL ANTONIO MACHADO TORO
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
 PARTE DEMANDADA: SERVICIO AUTONOMO DE SALUD BARUTA
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
 MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
 
 
 En el día hábil de hoy siete (07) de abril de dos mil nueve (2009), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este Juzgado de una revisión exhaustiva de las actas procesales evidencia en fecha 06 de abril del presente año, presentación de escrito por el ciudadano ROSMEL ANTONIO MACHADO TORO, debidamente asistido por el abogado RENAN BARRADAS, inscrito en el IPSA N° 138.825, mediante el cual desiste del presente procedimiento. Por lo que este Juzgado visto el desistimiento voluntario y la no comparecencia de la parte actora ciudadano ROSMEL ANTONIO MACHADO TORO venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° 6.322.673, a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
 La Juez
 Abg. Leticia Morales Velásquez
 
 
 
 
 El Secretario
 Gustavo Portillo
 
 
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