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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 
 CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
 Juez Unipersonal. Sala de Juicio N° 12
 Caracas, Trece (13) de Abril del año dos mil nueve (2009)
 198º y 150º
 ASUNTO: AP51-S-2009-021081
 De la revisión de las actas procesales que conforman el presente asunto y vista la diligencia de fecha 02 de Abril de 2009, presentada por el Abg. JOSÉ LUIS TORRES R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.575, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana YANET COROMOTO HERNÁNDEZ GARCÍA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-17.170.157, mediante la cual Desiste del presente procedimiento de Filiación (Inquisición de Paternidad), llevado ante esta Sala de Juicio, admitido en fecha 15/12/2008. En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes dicho DESISTIMIENTO, y le da carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Expídanse por secretaría copias certificada del desistimiento, con inserción del presente auto y entréguense a las partes interesadas. Devuélvase los documentos originales consignados y archívese el presente expediente.  Así se decide. Cúmplase con lo ordenado.
 LA JUEZ,
 
 DRA. SARA GUARDIA SOTO
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. ADRIANA MIRELES
 
 SGS//AM//
 Motivo: Filiación (Desistimiento)
 
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