REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintinueve de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : AH12-S-2008-000095

DECRETO DE UNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS

Vista a la solicitud que antecede y la justificacion promovida y evacuada al efecto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripcion Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando jusiticia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, sin perjuicios de terceros de igual o mejor derechos y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 936 del Codigo de Procedimiento Civil, declara a los ciudadanos ELIZABETH GUZMAN RODRIGUEZ y LUSETH AMELIA PRIETO GUZMAN, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.362.524 Y V-14.203.267, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano LUIS ERASMO PRIETO NARANJO, quién falleciera ab intestato en fecha 6 de octubre de 2008.
Devuélvanse a la parte interesada original con sus resultas a los fines que surta los efectos legales correspondientes. Asimismo, expídanse por secretaría copias certificadas de la totalidad de la presente solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos interpuesta por las ciudadanas ELIZABETH GUZMAN RODRIGUEZ y LUSETH AMELIA PRIETO GUZMAN.-Cúmplase.
EL JUEZ,

LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ
LA SECRETARIA,

MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,

LRHG/MGHR/CO.-