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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
 Caracas, tres de abril de dos mil nueve
 198º y 150º
 
 ASUNTO : AP11-S-2009-000313
 
 Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano LUIS ALFREDO ARTEAGA CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad número V-6.195.802, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud.
 Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvanse los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste que se ha hecho la respectiva certificación de todo lo actuado. A los fines de dejarse  copias  en el archivo de este Tribunal
 EL JUEZ,
 
 Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
 
 LA SECRETARIA,
 
 DIOCELIS PERÉZ BARRETO
 
 
 
 
 
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