REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2007-006128
Los ciudadanos PASTORA COROMOTO JIMENEZ y AMADO SEGUNDO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.379.046 Y V-3.856.980, respectivamente, de este domicilio, manifestaron estar separados, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicitan el Divorcio. Acompañaron Acta de Matrimonio y tres (03) Partidas de Nacimiento de los hijos. Admitida la solicitud el 06 de Febrero de 2.009, se ordenó la comparecencia de ambos cónyuges, a fin de ser identificados por el Tribunal y para que ratifiquen la presente solicitud. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos PASTORA COROMOTO JIMENEZ y AMADO SEGUNDO CASTILLO, por ante el Jefe civil de la Parroquia Diego de Lozada, Municipio Jiménez del Estado Lara, en fecha 07 de Abril de 1968. De dicha unión matrimonial procrearon tres (03) hijos por nombres: IVONNE MARLENE, EDUARDO AMADO y HENRY YOBERTH. Ofíciese al Jefe civil de la Parroquia Diego de Lozada, Municipio Jimenez del Estado Lara y al Registrador Principal correspondiente, a los fines de que inserte la nota marginal correspondiente al Acta de Matrimonio N° 16, Folio 20 fte., durante el año 1968. La presente sentencia queda firme en su misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Catorce días del mes de Abril de dos mil Nueve. Años. 198° y 150°.
El Juez La Secretaria
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/Loreand
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.