REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2009-002785

La ciudadana MARIA COROMOTO FALCON RAMOS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. 8.050.766, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron su nombre como RAMOS MARIA COROMOTO, siendo lo correcto MARIA COROMOTO FALCON RAMOS. La solicitud se admitió a sustanciación, se acordó resolver sumariamente previa notificación a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante, ya que por error asentaron su nombre como RAMOS MARIA COROMOTO, siendo lo correcto MARIA COROMOTO FALCON RAMOS. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA BUENA VISTA, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la partida de nacimiento Nro. 112, folio S/N, vto., año 1956. Queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los dieciséis del mes de abril del dos mil nueve. Años: 198° y 150º.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B.
ABG. LUISA A. AGÜERO E.
Publicada en su fecha a las 12:30 p.m.
HRPB/LAAE/Ma. Elena.