REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2009-003662
La Ciudadana GLADYS DEL CARMEN PEREZ PEREZ, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad No. V-7.985.979, solicitó la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura el nombre de su madre como “ADELINA PEREZ DE PEREZ”, omitiendo su primer nombre, siendo lo correcto “MARIA ADELINA PEREZ DE PEREZ”. La solicitud se admitió en cuanto ha lugar en derecho acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre de su madre como “MARIA ADELINA PEREZ DE PEREZ”. En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Humocaro Bajo, Municipio Moran del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 58, Folio 28 fte., durante el año 1967. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los Dieciséis días del mes de Abril de dos mil Nueve. Años 198º y 150º.
El Juez La Secretaria
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/Loreand LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.
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