REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de abril de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : KP02-V-2003-002230
Visto el DESISTIMIENTO del procedimiento, presentada por el abogado VICTOR CARIDAD ZAVARCE, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 20.068, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ANTONIO OIRDOBRO, en el juicio por FRAUDE PROCESAL, intentado por ANTONIO MARIA OIRDOBRO DUDAMEL contra los ciudadanos HENRY ANTONIO PIÑA LUCENA, ALIDA VILLASANA DE ANDUEZA y BRISEIDA MORALES DE CARMONA; el Tribunal le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se declara terminado el presente juicio. Archívese el expediente en su oportunidad.
El Juez
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria
Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/ij.
La suscrita Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito del Estado Lara CERTIFICA la exactitud de la anterior copia a la fecha Ut-supra.-