REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-F-2009-000206
Los ciudadanos AMERICA HERNANDEZ DE ARIAS y GONZALO JOSE ARIAS DEHOY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.458.482 y 3.835.489 respectivamente, de este domicilio, manifestaron estar separados desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicitan el Divorcio. Acompañaron Acta de Matrimonio y partidas de nacimientos. Admitida la solicitud el 04-03-2009, se acordó la notificación a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran los ciudadanos AMERICA HERNANDEZ DE ARIAS y GONZALO JOSE ARIAS DEHOY, antes identificados, por ante el JEFE CIVIL DEL MUNICIPIO JIMENEZ DEL ESTADO LARA, (antes Prefecto del Municipio Jiménez del Edo. Lara, en fecha 11 de noviembre de 1978. De dicha unión matrimonial procrearon cuatro (4) hijos los cuales son mayores de edad. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dos días del mes de abril de dos mil nueve. Años 198º y 150º.
El JUEZ, LA SECRETARIA,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
Publicada en su fecha a las 2:28 p.m.
HRPB/LAAE/m. Elena.
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