REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de abril de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : KP02-V-2009-000421
Visto el anterior DESISTIMIENTO presentado por la parte actora abogado TOMAS COLINA RAMOS, en su carácter de apoderado Judicial de la firma mercantil INVERSIONES OUTSOURCING, C.A., en fecha 28-04-2009, contra la firma mercantil SEGUROS BANVALOR, C.A., en la persona de su representante ciudadana JEANNET CALLEJAS, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Archívese el expediente.
El Juez,
Abg. HAROLD RAFAEL PAREDES B.
La Secretaria Acc.,
Abg. ANGELICA MENDIGAÑA
HRPB/AM/m. elena.
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