REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2008-016371
Vista la solicitud presentada por el ciudadano LEIDY RAFAEL MENDOZA PIÑERO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula N° 12.249.382, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en El Ujano, Avenida Hernan Garmendia con calle ciudad Roca, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que tiene una superficie de 416 Mts2; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Cn la estación de servicio las trinitarias que es su frente. SUR: Con terrenos desocupados ESTE: con parcela de Belkis Diaz y OESTE: Con parcela de Yudis Piñedo. Dichas bienhechurías consiste en una cerca de alambre de púas y una casa con una medición de 101 Mts2 que consta de tres habitaciones, un baño, una cocina, y una sala. El valor invertido es la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES FUERTE (Bs. F 50.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos SIREBETH SANCHEZ Y BELKIS DIAZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano LEIDY RAFAEL MENDOZA PIÑERO, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
MJP/Milagro
|