REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 16/04/2009, se cumple parcialmente la Comisión en la siguiente dirección: Carretera a Pavia Km. 7 al lado del Estacionamiento El Corralón, Barquisimeto. El Tribunal notificó al demandado José G. Alvarado. Se juramenta a Perito y Depositario. La Parte Actora señala para embargar dos (2) vehículos, (Ver Acta), consigna documento de propiedad del primer vehículo y acta de adjudicación del segundo. El Tribunal los declara recibidos. El Perito describe y valora en 70.000 Bs. F., el primero y en 30.000 Bs. F., el segundo. El Tribunal los embarga preventivamente declarando su desposesión jurídica y los entrega bajo inventario al depositario, disponiendo su traslado. El Notificado asistido por la Dra. Yoseyil Navas, hace oposición a la medida, alega razones, la cónyuge del demandado Yaritza de Alvarado, también se opone a la medida en reclamo de su 50%, por no haber suscrito la letra cambiaria que sustenta la medida (Ver Acta). Se regresó a la sede siendo la 1:00 p.m.