REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Los Rastrojos, 03 de Abril del 2009
Años: 198° y 150°.-
Exp. N° : 811-04
Motivo : SOLICITUD DE OBLIGACION DE MANUTENCION
Solicitante : CARMEN HORTENCIA MUJICA
Obligado : DAVID SIMON RAMOS ALVAREZ.
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y por cuanto se observa que no consta en autos constancia de estudios de la beneficiaria MARIANNA ISABEL RAMOS MUJICA; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DEL PROCESO, conforme al Artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por cuanto la Beneficiaria MARIANNA ISABEL RAMOS MUJICA, ostenta 20 años de edad, y no se encuentra cursando estudios que le impida sustentarse por si sola, siendo esta una causal establecida en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de extinción de la Obligación de Manutención. ASI SE DECLARA. En consecuencia, se ordena cancelar la cuenta de ahorros N° 0007-0166-11-0010000775, del Banco Banfoandes, abierta a nombre de este Tribunal y de la ciudadana CARMEN HORTENCIA MUJICA. Ofíciese lo conducente al Gerente de la referida entidad bancaria. Archívese el presente expediente y remítase en su oportunidad al archivo judicial. Líbrese oficio. Cúmplase.
El Juez
Abog. Antonio José Illarramendi La Secretaria Temporal.,
Abog. Daliana C. Silva de Mojica.
Seguidamente se libró oficio N° 296-___
La Secretaria Temporal.,
Abog. Daliana C. Silva de Mojica.