REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO: KP02-L-2009-401
PARTE ACTORA: GIORLA SOCORRO PEREZ ROSAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.436.828.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ROSBEL ALVAREZ, Procurador Especial de Trabajadores, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 92.463.
PARTE DEMANDADA: PROMOTORA BRICKET, C.A.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
En fecha 11 de Marzo de 2009 se recibió por ante este Juzgado, demanda de calificación de despido, interpuesta por la ciudadana GIORLA SOCORRO PEREZ ROSAL, titular de la cédula de identidad Nro. 12.436.828, este Tribunal procede admitirla en fecha 16 de Marzo de 2009, librando el respectivo Cartel de Notificación a la empresa demandada PROMOTORA BRICKET, en la persona del ciudadano Pedro Luís Antoluccio, en su condición de Gerente de Construcción, a los efectos de la celebración de la audiencia preliminar.
Es el 27 de Marzo de 2009, que la ciudadana GIORLA SOCORRO PEREZ ROSAL, parte actora en el presente proceso y debidamente asistida por el abogado ROSBEL ALVAREZ, Procurador Especial de Trabajadores, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 92.463, presenta diligencia mediante la cual expone: “…SIRVA LA PRESENTE PARA DESISTIR DE LA SOLICITUD KP02-L-2009-000401….SEGÚN LA CUAL SE PONE A DERECHO POR UN DESPIDO DEL CUAL FUE OBJETO Y SOLICITA SU CALIFICACIÓN DE INJUSTIFICADO, Y EN CONSECUENCIA EL CORRESPONDIENTE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS EN VIRTUD DE QUE LOGRÓ EL DIÁLOGO CON SUS PATRONOS Y LA CORRESPONDIENTE CONCILIACIÓN POR VÍA AMISTOSA…”
En tal sentido, quien Juzga luego de haber verificado que la parte actora ciudadana GIORLA SOCORRO PEREZ ROSAL, desiste de manera voluntaria del presente procedimiento, acuerda homologar el desistimiento respecto al referido demandante. Y así lo declara.
DECISIÓN
Ante lo expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda, interpuesta por la ciudadana GIORLA DEL SOCORRO PEREZ ROSAL, en contra de la empresa , PROMOTORA BRICKET C.A, y como consecuencia de ello, la extinción del procedimiento.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los quince (15) días del mes de abril del año dos mil nueve (2.009). Años 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
Abg. MARBI SULAY CASTRO CUELLO
Juez del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación,
Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Secretaria
Abg. Rosanna Blanco Lairet
Nota: En esta misma fecha (15/04/2009) se publicó la presente decisión.-
Secretaria
Abg. Rosanna Blanco Lairet
MSCC/rbl.-
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