REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinticuatro de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000468
PARTE ACTORA: DOMINGO F. HERNANDEZ G-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ------------------------------------------------
PARTE DEMANDADA: VENEZOLANA DE CAMIONES INTERNATIONAL, C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: FRANKLIN OMAR ROVIRA
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


En el día de hoy, Veinticuatro ( 24 ) de Abril del 2009, siendo las 9:00 a.m., del día y hora fijada por este Tribunal para el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la parte demandada VENEZOLANA DE CAMIONES INTERNATIONAL, C.A a través del ciudadano FRANKLIN OMAR ROVIRA, titular de la cédula de identidad N.° 4.630.080, en su carácter de Gerente General, debidamente asistido por el abogado LEXTER FLORES SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado. bajo el Nro. 56.560, quien también actúa con el carácter de apoderado judicial de la demandada, según consta en poder el cual presenta en Copia Simple para que sea agregado al expediente. Seguidamente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 199 ° y 150 °.
EL JUEZ

ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.

REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA



ABG. APODERADO DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA


ABG. AMARILYS MIESES