JUZGADO TERCERO SUPERIOR DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
RECURSO: GP02-R-2009-000067
DEMANDANTE: MARIA EUGENIA ESPINOZA
DEMANDADA: STRUKTURA, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS
CONCEPTOS LABORALES
SENTENCIA Nº: PJ0142009000026
En el día hábil de hoy 06 de abril de 2009, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y publica de apelación con motivo de los Recursos de Apelación interpuestos por el abogado EDISON RODRIGUEZ LOVERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 30.464, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante y la abogada GESTHER GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 51.478, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia que declaró Fija Definitivamente la Estimación del monto condenado, en la cantidad de VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA y NUEVE CENTIMOS (Bs. 22.357,59); dictada en fecha 12 de marzo de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en el juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoado por la ciudadana MARIA EUGENIA ESPINOZA, titular de la cédula de identidad No. 12.481.718, contra la empresa STRUKTURA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 08 de septiembre de 1.995, bajo el No. 30, tomo 105-A.
Se deja constancia de la incomparecencia de la ciudadana Maria Eugenia Espinoza, parte demandante, y de la sociedad de comercio Struktura, C.A, parte demandada; ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: Primero DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado EDISON RODRIGUEZ LOVERA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora. Segundo: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la abogada GESTHER GONZALEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada.
Queda confirmada la sentencia recurrida.
Dado el desistimiento del recurso por ambas partes, no hay condenatoria en costas.
Notifíquese de la presente decisión al Juzgado de la causa. Líbrese oficio.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en Valencia, a los seis (06) días del mes de abril del año 2009. Año 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Juez
Abg. Ketzaleth Natera Z.
La Secretaria,
Abog. Mayela Díaz
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 2:50 p.m.
La Secretaria,
Abog. Mayela Díaz
KN/MD/Judith Mocó
Recurso: GP02-R-2009-000067
Sentencia Nº: PJ0142009000026
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