GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, dieciséis de abril de dos mil nueve.
198 y 150
Visto el desistimiento del procedimiento, presentada en diligencia de fecha 06 de abril de 2009 (f.109), suscrita por el abogado ANTONIO RAMON PEÑALOZA SUAREZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte quejosa en el presente juicio, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, en el presente juicio con la nomenclatura de este Tribunal Nro. 9462-2008. DEMANDANTE (S): COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S. A. (ANTES PANAMCO DE VENEZUELA) APODERADO JUDICIAL ABG. ALVARO SANDIA BRICEÑO Y OTROS. DEMANDADO: ARCILIO CHIQUINQUIRA URDANETA, JERVI TORRES, ANA MERY MOLINA Y DORA ARMINDA GUILLEN. MOTIVO: AMPARO CONSTITUCIONAL. TRIBUNAL: PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL. EL VIGIA.- FECHA DE ENTRADA: 08-03-08. Este Tribunal previo análisis de las actas que conforman el presente expediente, observa:
El presente juicio, versa acerca de una pretensión de Amparo Constitucional y de la revisión del expediente se puede constatar que el coapoderado judicial de la parte actora tiene capacidad para desistir del presente juicio en el cual no está interesado el orden público en consecuencia, este Juzgador de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, HOMOLOGA el presente desistimiento. ASÍ SE ESTABLECE.
JUEZ,

JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIÉRREZ
LA ---------------------------

SECRETARIA,

ABG. NORIS BONILLA VARGAS
Rq.