REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 12 de Agosto de 2009
199º y 150º


ASUNTO: PP01-V-2009-000508


Visto el desistimiento de la acción realizada por los ciudadanos Samuel García Ramírez Y Ángela Emma Urbina De García, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 8.111.036 y 10.161.563, respectivamente, asistidos por la abogada BELINDA YSABEL VELIZ PERAZA, inscrita en el inpreabogados bajo el N° 74.273; el Tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia y acuerda el archivo del presente expediente. Remítase al archivo judicial.


La Jueza,


Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez

El Secretario,


Abog. Alfredo José Oropeza