REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 14 de agosto de 2009
199° y 150°
Asunto Principal N° AP21-L-2008-003955
Asunto N° AP21-R-2009-000687
Vista la diligencia que antecede presentada por el abogado Marcos Vilera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.284, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana María Eugenia Anaya Barone, titular de la cédula de identidad N° 13.097.124, en su carácter de demandante, así como la abogada Elsy Peña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.909, en su carácter de apoderada judicial de la empresa demandada Grunenthal Venezolana Farmacéutica C.A, mediante el cual de mutuo acuerdo deciden celebrar una transacción a los fines de poner fin al presente juicio, para lo cual se acuerda un pago por la cantidad de Ochenta Mil Bolívares Fuertes (BsF. 80.000,00), mediante dos cheques de gerencia números 00009427 y 00009426, del Banco Venezolano de Crédito, a nombre de la actora, cuyas copias simples fueron anexadas a la diligencia, y revisada como ha sido la transacción presentada por las partes, se observa que cumple con los requisitos establecidos en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, y que los abogados antes referidos se encuentran debidamente facultados para celebrar la presente transacción, tal como se evidencia de los poderes que rielan a los folios 16, 17, 146 y 147 del presente expediente. En consecuencia, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su aprobación y homologa dicha transacción en los mismos términos convenidos por las partes y en tal sentido se le da el efecto de Cosa Juzgada, da por terminado el presente juicio. Asimismo, se ordena la remisión del presente asunto al Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, a los fines legales consiguientes. De igual forma, a los fines estadísticos respectivos, se ordena librar oficio al Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial. Cúmplase.
Ingrid Gutiérrez de Querales
Juez Titular
Diraima Virguez
La Secretaria
IGDQ/mga.
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