ASUNTO: AP21-S-2009-000635
De la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente, este Juzgador observa que en fecha 12 de Agosto de 2009, fue presentada una diligencia por el ciudadano, JUAN BAUSTITA REYES, abogado inscrito en el IPSA bajo el N°:103.505, en su carácter de apoderado judicial de la empresa CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS PAHORCA, C.A., tal como consta de poder que cursa en los autos a los folios (02) y (03), mediante el cual desiste del presente procedimiento. En consecuencia, este Tribunal Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral, una vez verificadas en el poder la facultad para desistir expresamente otorgado al referido apoderado judicial, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Así mismo se ordena dar por terminado el presente procedimiento y el cierre Informático y archivo del expediente, una vez que haya quedado firme la presente decisión. Así se establece.
El Juez.
Abg. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
La Secretaria.
Abg. Lorena Guilarte.
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