REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de agosto de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AP11-V-2009-000922

Vista la demanda y los recaudos anexos a la misma presentada por la ciudadana Dilia Josefina Arreaza Lara, titular de la cédula de identidad No. 3.958.348, debidamente asistida por los abogados Lucio Muñoz Matilla e Iván Muñoz, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nros. 12.654 y 64.319, respectivamente; este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, emplácese a los ciudadanos DILIA CONSUELO DÍAZ ARREAZA y VÍCTOR RAFAEL DÍAZ ARREAZA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.599.220 y 15.701.256, respectivamente, en su carácter de vendedores; y a la ciudadana ENEIDA PALENCIA ULLOA, titular de la cédula de identidad No. 6.429.269 en su carácter de ocupante del inmueble objeto de la venta, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de la última de las citaciones ordenadas se haga, en las horas de despacho, comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., para que dé contestación a la demanda, que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA incoara en su contra la ciudadana DILIA JOSEFINA ARREAZA LARA, compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia, previa certificación por secretaría. Líbrese compulsa, previo suministro de los fotostátos correspondientes, los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia. Respecto de la medida preventiva solicitada el Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el cuaderno de medidas que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de demanda y sus anexos, una vez que la parte interesada suministre los fotostatos respectivos mediante diligencia.
La Juez

Abg. María Rosa Martínez La Secretaria






Hora de Emisión: 9:12 AM
Asistente que realizo la actuación: Daniel