REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de agosto de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-M-2008-000578
Visto el CONVENIMIENTO, suscrito por ambas partes en el Acta de Embargo practicado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara, en fecha 26 de Marzo del año 2009, en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMATORIO), este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el mismo dándole carácter de cosa juzgada. Y una vez que conste en autos que se ha cumplido con la obligación contraída se ordenara el Archivo del expediente.
El Juez, La Secretaria.,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Bianca Escalona
Seguidamente se certifico una copia del presente auto.
HRPB/BE/jysp.-
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