REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de agosto de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-T-2008-000042
Visto el Desistimiento del procedimiento, suscrito por el ciudadano ADAN QUINTERO, titular de la cedula de identidad Nº 10.728.014, asistido en este acto por el Abogado JOSE MORENO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 108.947; éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, de todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Archívese el presente expediente. Se ordena devolver los documentos originales solicitados, dejándose en su lugar copia certificada de los mismos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 ejusdem. *ml*
El Juez,
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,
Abg. Roger Adán Cordero
OERL/ml
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