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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, quince (15) de diciembre de dos mil nueve (2009)
 199º y 150º
 ASUNTO: AP21-L-2009-005960
 PARTE ACTORA: YUMEL JOSE BRITO
 ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MAURICIO OLEA
 PARTE DEMANDADA: RESIDENCIAS PREMIER GARDEN
 APODERADO JUDICIAL DE LA  DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADO CARLOS FERRER
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 Visto escrito de Transacción de fecha 10 de Diciembre de 2009, presentada por los ciudadanos YUMEL JOSE BRITO, titular de la cedula de identidad N° 14.222.382, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el abogado MAURICIO OLEA, debidamente inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 50.768, así como el abogado  CARLOS FERRER, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 91.898; este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs. 14.604,94; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.  Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial.- Así se establece.-
 
 Abg. Leticia Morales Velásquez
 La Juez
 
 
 Abg. Karina Contreras
 La Secretaria
 
 
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