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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y
 Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo
 del Área Metropolitana de Caracas
 
 Caracas,  tres (03) de diciembre de dos mil nueve (2009)
 199º y 150º
 ASUNTO: AP21-L-2009-004242
 
 Vista la diligencia presentada por la abogada GLORIA GALEANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.-  20.299, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada y por el ciudadano GUILLERMO  ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nro.- 4.252.917, debidamente representado por la abogada ADRIANA LINARES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.-  86.396,  mediante la cual dejan constancia de la segunda parte del pago realizado; en consecuencia vista la cancelación total del monto de Bs. 54.000,00, este Juzgado homologa la transacción presentada en fecha 01 de octubre de 2009; en virtud de la solicitud señalada en su cláusula segunda;  dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes, para lo cual se insta a las mismas a consignar las copias simples. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente y su cierre informático. ARCHÍVESE:
 
 LA JUEZ
 
 NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
 
 EL SECRETARIO
 
 
 HÉCTOR RODRÍGUEZ
 
 
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