REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Uno (01) de Diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2009-002237
PARTE ACTORA: HESINELDY GOMEZ A.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANGEL FLORES.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO CLINICO LA FLORIDA C.A Y/o LABORATORIO CLINICO LA FLORIDA.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DOMINGO FLEITAS.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, Uno (01) de Diciembre de 2009 a las 2:30 p.m día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos ANGEL FLORES inpreabogado Nº 30.099 en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, DOMINGO FLEITAS inpreabogado Nº 63.132 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada INSTITUTO CLINICO LA FLORIDA C.A Y/O LABORATORIO CLINICO LA FLORIDA, dándose así inicio a la audiencia. La parte demandada INSTITUTO CLINICO LA FLORIDA C.A Y/O LABORATORIO CLINICO LA FLORIDA ofrece a la parte actora la cantidad total de OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs F.8.147,00), dicha cantidad sera cancelada por la parte demandada en dos (2) pagos, un primer pago para el dia 14 de Diciembre de 2009 por la cantidad de CUATRO MIL SETENTA Y TRES BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA CENTIMOS (BS.F. 4.073,50) y un segundo pago para el dia 14 de Enero de 2010 por la cantidad de CUATRO MIL SETENTA Y TRES BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA CENTIMOS (BS.F. 4.073,50) pagos que seran efectuado por la parte demandada por ante la Oficina de Recepcion de Documentos de este Circuito Judicial . A continuación la parte actora expone que esta totalmente de acuerdo con la cantidad ofrecida por la parte demandada . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Organica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Ambas partes acuerdan que el pago de las Vacaciones se hacen en base al salario basico.
El Juez
La Secretaria
Abog. Eduardo Nuñez Lorena Guilarte
APODERADO DE LA PARTE ACTORA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA
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